La Universidad de San Buenaventura y la Editorial Bonaventuriana, en cumplimiento de los preceptos fundamentales consagrados en el Artículo 61 de la Constitución Política de Colombia, que establece que el Estado protegerá la propiedad intelectual por el tiempo y mediante las formalidades que la Ley establezca, brinda a la comunidad académica políticas claras y visibles que garantizan los derechos de autor de sus creadores.

Estas políticas, si bien se basan en un derecho privado, implican una protección de carácter general y público dados sus efectos en el desarrollo investigativo, académico y económico de nuestro país.

El derecho de autor es un conjunto de normas que protegen los derechos subjetivos del creador de la obra, entendida como la manifestación personal, original de la inteligencia expresada de forma tal que pueda ser perceptible de amparo. La protección se concede al autor desde el momento mismo de la creación de la obra sin que para ello requiera formalidad jurídica alguna. De la autoría se desprenden dos tipos de derechos: los morales y los patrimoniales y son estos derechos los que deben ser protegidos desde el mismo origen de la creación, independientemente de las prerrogativas que cada uno de estos derechos les concedan a su creador.

El Reglamento de Propiedad Intelectual de la Universidad de San Buenaventura busca brindarle a la comunidad bonaventuriana un marco conceptual suficiente y preciso para el ejercicio de sus derechos y obligaciones, por una parte, y, por la otra, sentar unas reglas transparentes basadas en principios como la buena fe, la responsabilidad, la favorabilidad y, en últimas, la adopción de las normas nacionales e internacionales en materia de derechos de autor en un contexto de innegable responsabilidad académica y ética, como lo es la Universidad.

La Editorial Bonaventuriana, creada y unificada bajo el principio de la corporatividad, comparte los lineamientos de dicha reglamentación y pone a disposición de la comunidad Bonaventuriana la Resolución de Rectoría General No. 326 de 12 de agosto de 2013 mediante la cual se aprobó el Reglamento de Propiedad Intelectual.

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